Imagina esto, un día, mientras compras un nuevo electrodoméstico en una tienda especializada, te ofrecen una tarjeta 'revolving' para financiar tu compra. Te dicen que el interés es del 19,55 % Tasa Anual Equivalente (TAE), pero luego descubres que, en realidad, estaban aplicando un índice asombroso del 64,90 % para calcular lo que debías pagar. ¡Un auténtico lío, ¿verdad?!
Bien, eso fue lo que le sucedió a una clienta en Dénia, Alicante. El Juzgado de Primera Instancia número 2 de Dénia acaba de anular su contrato de tarjeta 'revolving' debido a los intereses excesivos que la entidad bancaria le estaba cobrando.
La sentencia es clara: Aunque en el contrato se mencionaba un TAE del 19,55 %, la realidad era muy diferente. Un informe pericial demostró que se estaban aplicando intereses del 64,90 %, y la entidad bancaria no pudo refutar esta afirmación de manera convincente en su informe de oposición, que tenía la asombrosa cifra de 132 páginas.
El juez falló a favor de la clienta, declarando la nulidad del contrato de la tarjeta que ella había suscrito en noviembre de 2014. ¿La razón? Consideraron que el 64,90 % de intereses era simplemente injusto.
Además, la entidad financiera tendrá que devolver cualquier exceso que la demandante haya pagado durante los años del contrato. ¡Adiós a los intereses adicionales!
No obstante, se menciona que la cliente aún no ha cubierto la totalidad del préstamo, ya que todavía le deben dinero por las compras realizadas con la tarjeta. El juez también resolvió una parte de la demanda de reconvención presentada por el banco, indicando que la demandante deberá abonar 2.001,61 euros que aún están pendientes de reintegro. Eso es la diferencia entre lo que gastó y lo que le devolvieron hasta el momento.
La sentencia señala además la falta de claridad en el contrato, aunque no profundiza en este punto. Simplemente se limita a decir que "la acción subsidiaria de nulidad por falta de transparencia sería igualmente admisible de no haber sido apreciada la acción principal". En otras palabras, la falta de claridad en los términos del contrato también podría haber llevado a su anulación.